EU IMPULSA LA ORDENANZA DE EMERGENCIA SOCIAL
EU IMPULSA LA ORDENANZA DE EMERGENCIA SOCIAL
EU logró el apoyo del Pleno Ordinario de 28 de Julio para tramitar una iniciativa sin precedentes, novedosa, útil y necesaria: la Ordenanza de Emergencia Social.
EU ha delineado los aspectos claves que debiera tener esta ordenanza, según se expone a continuación:
- Realizar un catálogo de las viviendas de uso social disponibles y elaborar un proyecto técnico para la valoración de su habitabilidad y acondicionamiento de las mismas, en su caso. Realizar convenios con entidades financieras e instituciones públicas para liberar viviendas mediante alquiler social subvencionando, total o parcialmente, por parte del Ayuntamiento y en su caso las correspondientes Administraciones implicadas, las cuotas que justificadamente corresponda
- Constitución de un fondo de ayudas de emergencia social que permita el pago inmediato de recibos de luz, agua y medicinas, en su caso, cuando existan situaciones que carestía que deban ser atendidas o cuando el impago de un recibo genere una deuda que pueda comprometer la recepción de alguna otra ayuda pública.
- Catalogación de las propias prestaciones. A modo de ejemplo, según sigue a continuación:
a) Necesidades básicas no cubiertas por otros sistemas de protección:
- Cobertura de necesidades básicas con carácter general: alimentos, vestuario, alojamiento y demás indispensables para el desarrollo de la vida diaria.
- Gastos sanitarios: prótesis oculares, prótesis y arreglos dentales y gastos farmacéuticos y otros de análoga naturaleza.
- Referencia específica a las circunstancias de violencia de género o doméstica.
- b) Ayudas de uso y mantenimiento de vivienda:
- Fianzas para alquileres de viviendas
- Importe pendientes en evitación de desahucio
- Pequeños arreglos en vivienda habitual cuando éstos se consideren imprescindibles para la permanencia en el domicilio.
- Limpiezas y desescombros en viviendas
- c) Desarrollo de actividades de inserción socio-laboral
- Asistencia a cursos de formación: matrículas, material y transporte
- d) Atención al menor:
- Actividades extraescolares
- Comedor escolar
- Libros y material escolar
- e) Otros gastos excepcionales, valorados por los técnicos municipales de servicios sociales como indispensables para prevenir la marginación y favorecer la normalización de individuos y familias
4. Detallar el tipo de documentación que debe ser presentada para acreditar las circunstancias de necesidad.
5. Que se someta la ordenanza a consulta y criterio de los servicios sociales del Ayuntamiento de La Romana previamente a su elevación al Pleno, haciendo constar las posibles observaciones, mejoras y propuestas eventualmente presentadas, convocando a todos los grupos políticos de la Corporación Municipal de forma anticipada al Pleno a efectos de lograr el consenso.
6. Incluir en el Presupuesto del año 2017 una partida presupuestaria sobre Emergencia Social no menor a los 4000 €.
7. Clarificar el procedimiento de pago, permitiendo realizar éste y, a continuación, realizar la justificación con cargo a tal liquidación, con el propósito de agilizar el efectivo a favor del usuario.
8. Se establecerá un mecanismo de coordinación entre las diferentes concejalías, para compartir información actualizada y se trasladen a Servicios Sociales posibles situaciones de vulnerabilidad, con especial atención a las necesidades sanitarias (Concejalía de Sanidad) y educativas (Concejalía de Educación).
9. Realización periódica de campañas de sensibilización para ampliar la cobertura de los servicios sociales e incorporar posibles nuevos usuarios, detectando nuevas situaciones de vulnerabilidad, para incrementar la efectividad y alcance de los servicios sociales, detectando casos susceptibles de ser incorporados al sistema de protección social local.
10. Las campañas de sensibilización y difusión tendrán que ser, además, útiles para aportar información sobre instituciones que puedan prestar ayudas, así como charlas sobre asesoramiento legal o empoderamiento ciudadano, para implicar a la ciudadanía en la detección de situaciones de emergencia social o atender las circunstancias que ya estén en curso.
11. Realización de programas de intervención familiar mediante talleres a menores y a padres, de administración doméstica, de habilidades parentales y de hábitos saludables.